COEPRIS TAMAULIPAS, PONE EN RIESGO LA SALUD

COEPRIS TAMAULIPAS, PONE EN RIESGO LA SALUD

COEPRIS TAMAULIPAS, PONE EN RIESGO LA SALUD.

¿Tú crees en la COPERIS?, yo tampoco.

Las enfermedades respiratorias cada vez son mayores, por tal motivo el gobierno ha implementado toda clase de leyes y reglamentos para prevenir los riesgos sanitarios; en Tamaulipas, dichas normas son letra muerta, la COEPRIS de Tamaulipas hace oídos sordos a las peticiones que le hace la sociedad para que la proteja, un servidor he sido y sigo siendo víctima de la indolencia de dichas autoridades, a las que en reiteradas ocasiones he acudido, tal vez no sea de su interés proteger la salud de los tamaulipecos.

Me refiero en particular, a los derechos de las personas no fumadoras, los fumadores pasivos presentan, con mayor frecuencia que los que no lo son, alteraciones respiratorias, cardiacas, otorrinolaringológicas e incluso cáncer de pulmón.

Si eres fumador pasivo exige tus derechos, que las autoridades hagan su trabajo y no permitan el humo de cigarro en lugares públicos cerrados.

La pregunta es ¿Está cumpliendo la COEPRIS con lo que le obligan las leyes para protegernos a los no fumadores?, ¿qué información sobre las sanciones impuestas nos puede proporcionar?

La salud es el bien jurídico protegido más importante para toda la humanidad y nuestra Constitución nos lo refrenda en el artículo 4°.

Artículo 4o. El varón y la mujer …

 Toda persona tiene derecho a decidir …

 Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva …

 Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud …

 Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.

En el país, en el año 2008 se promulgó la Ley sobre el Control del Tabaco. Prohíbe fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco en espacios cerrados con acceso al público o todo lugar de trabajo interior o de transporte público. De acuerdo con el reglamento de dicha ley:

 “Es obligación del propietario, administrador o responsable de un espacio 100 % libre de humo de tabaco, cuando una persona esté fumando en dicho lugar, en primera instancia, pedir que deje de fumar y apague su cigarro o cualquier otro producto de tabaco que haya encendido, de no hacer caso a la indicación, exigirle se retire del espacio 100 % libre de humo de tabaco y se traslade a la zona exclusivamente para fumar; si opone resistencia, negarle el servicio y en su caso, buscar la asistencia de la autoridad correspondiente”.

Artículo 48. Se sancionará con multa:

  1. De hasta cien veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 de esta Ley;
  2. De mil hasta cuatro mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, el incumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 14, 15, 16, 27 y 28 de esta Ley, y

Le pregunto a las autoridades sanitarias de Tamaulipas, ¿Cuántas sanciones han impuesto? Porque según mi experiencia no han hecho nada. Cuando me ha tocado concurrir a un lugar público cerrado, al estar una hora en el local, se me empieza irritar la nariz, al grado de hacerme estornudar en repetidas ocasiones y al salir, toda mi ropa esta impregnada al olor de cigarro.

Los inspectores sanitarios nunca han sido vistos en los billares de Ciudad Victoria, y si van será sólo a recibir sobornos de los encargados de los establecimientos, de otra manera no se explica porque no se erradica la mala práctica de permitir el vicio en lugares públicos cerrados, en nuestra Ciudad Capital.

 

¡Consummātum est!

EDITORIAL