Exámenes de Control de Confianza

Exámenes de Control de Confianza

POLIGRAFO

¿Son confiables?

La Ley Nacional de Seguridad Pública, exige que los servidores públicos de las áreas de prevención de delitos y persecución de los delincuentes, estén certificados por los Centros de Evaluación y Control de Confianza, lo que en teoría permitiría una mejor policía.

En México ser policía es muy peligroso, nadie quiere serlo y los que quieren no pasan los exámenes de control de confianza, los que han sido muy cuestionados por los que saben que andan bien y son descalificados por el polígrafo, herramienta aplicada para detectar respuestas falsas.

La pregunta es ¿Quién evalúa a los evaluadores? Se de algunos que han presentado tres veces el examen de control de confianza y no los han acreditado, debo decir, que tengo más de 20 años de conocerlos y he seguido su trayectoria profesional durante 15 dentro del servicio público, en particular en las tres áreas del ramo, prevención, procuración e impartición de justicia; ¿alguien los estará bloqueando, como saberlo?.

Existe un Principio General del Derecho, que establece que todos somos honorables hasta que se nos demuestre lo contrario. Si la prueba del polígrafo es una herramienta científica y es reconocida por la ley, debe seguirse aplicando, lo que es cuestionable es quién la aplica y quién la interpreta, además de quién autoriza el resultado con su firma.

El dictamen establece quien es apto y quién no, el poligrafista solo lo entrega a sus jefes y ellos deciden, se han dado casos que repiten la prueba hasta que sale negativa, podrá haber recursos legales para impugnar el resultado, pero por lo regular no prosperan, según opiniones generalizadas.

El control de confianza es, tanto para el ingreso como para la permanencia del servidor público y la certificación sólo es por 3 años, por lo que cada ese tiempo se tiene que volver a evaluar.

La evaluación está compuesta por cinco exámenes:

1.- Entorno social y situación patrimonial: Se verifica la congruencia en la información proporcionada y la documentación presentada, con el fin de analizar si el entorno en el cual se desarrolla el servidor público se apega a los principios que rigen a la institución.

2.- Psicológico: Busca conocer e identificar las características de personalidad, inteligencia y habilidades generales del personal evaluado.

3.- Poligráfico: A través de reacciones psicofisiológicas se detecta si el evaluado se conduce con veracidad en la información que proporciona y su conducta se rige por los principios constitucionales y legales del servicio público.

4.- Médico: se aplica para conocer el estado general de salud, detectar alguna enfermedad o padecimiento.

5.- Toxicológico: Determina si el servidor público ha ingerido o ingiere sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares.

Según mi opinión, no debe bastar la aprobación del dictamen por una sola persona, el jefe del Centro de Evaluación; debe existir un Comité integrado por expertos en la materia, que voten y se apruebe por la mayoría, además de un representante de la Comisión de Derechos Humanos como testigo, y sean los que den la última palabra.

Es muy frecuente, que el que le da a conocer al servidor público que no aprobó la evaluación es el jefe inmediato, pero no le enseña el documento, menos le da fotocopia. Entiendo que debe haber una notificación por escrito que establezca que no es apto, aunque no diga las razones, pero que sea por escrito y entregado al servidor público que no aprobó.

Que exista la posibilidad de pedir un segundo dictamen por un Comité externo, a solicitud del quejoso.

Le dan al jefe inmediato todo el expediente, dictamen y resolución, y éste sólo le dice al evaluado que lo reprobó, que lo intente dentro de un año.

Lo grave es en el caso del servidor público que ya ésta en funciones en un cargo más o menos importante y quiera ascender a otro mejor pagado, si no lo acredita ya ni siquiera puede regresar a su puesto original, pues ya no es apto de estar en la Institución, según ellos.

Por eso la importancia de crear instancias que protejan los derechos humanos del servidor público inconforme del resultado.

¡Consummatum est!

 

EDITORIAL