PAGAR POR DERECHOS

PAGAR POR DERECHOS

¿CUANTO CUESTA EL DERECHO A LA EDUCACIÓN?

Recientemente una hija hizo trámites porque se va a titular de Licenciada en Derecho, por haber acreditado el CENEVAL  y tener un promedio general de 9.83, se le condonó el pago de titulación en la UAT, pero al momento de hacer el trámite correspondiente, con sorpresa me  entere que tenía que hacer otros pagos que no se pueden condonar, ese pago algo oneroso corresponde a lo establecido en la LEY FEDERAL DE DERECHOS, por lo que tuve que desembolsar la cantidad de $1400.00, mismos que se van a la SEP, por el concepto de Derechos, Productos y Aprovechamientos.

Lo que me llevó a investigar la forma de financiamiento de la referida Secretaría en cargado de la educación “gratuita”. Los gobernantes siempre presumen que el presupuesto destinado a la educación de México es el más alto, por lo que me permito transcribir La Ley Federal de Derechos con reformas hasta el 2016, para que se den cuenta cuanto recibe ésta institución por parte de la ciudadanía.

LEY FEDERAL DE DERECHOS

Última Reforma DOF 07-12-2016

CAPITULO X De la Secretaría de Educación Pública

 Sección Primera

Servicios que prestan los Institutos Nacionales de Bellas Artes y Literatura y de Antropología e Historia

 Artículo 176.- (Se deroga).

 Artículo 176-A. Por el trámite de la solicitud y, en su caso, el otorgamiento del permiso de exportación temporal de monumentos artísticos que se soliciten al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura en los términos de la legislación aplicable, se pagará el derecho sobre monumentos artísticos, por pieza, conforme a la cuota de:  ………………………………………………………………………………………………  $47.77

 No se pagará este derecho por los permisos que soliciten la Federación, las Entidades Federativas o los Municipios.

 Artículo 177.- Por los servicios de expedición de cédula individual de registro de objeto, permisos y dictámenes que presta la Secretaría de Educación Pública en materia de monumentos y zonas arqueológicas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

 I.-  Expedición de cédula individual de registro de objeto  …………………  $13.99

  Se exceptúa del pago de derechos previsto en esta fracción a las asociaciones civiles, juntas vecinales y uniones de campesinos, autorizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia como órganos auxiliares para preservar el patrimonio cultural de la Nación; así como a dependencias y entidades de los gobiernos Federal, Estatal y Municipal.

 II.-  Permisos:

 a).-  De exportación de reproducciones autorizadas, cuando éstas tengan sello o marca autorizada o registrada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, sin límite de objetos y por cada operación  …………………………………………………………..  $124.04

 b).-  De exportación de reproducción autorizada, cuando ésta carezcan de sello, marca o registro por unidad de empaque  ……………………………….  $1,243.16

 III.-  Dictámenes:

  1. a) Para determinar que un objeto o lote es reproducción, por unidad o empaque hasta veinticinco objetos ………………………………………………………..  $187.75
  2. b) Para establecer delimitación de inmuebles privados con monumentos y zonas arqueológicas, a petición de parte  …………………………………………  $313.54

Artículo 179.- Por los servicios de registros, permisos y dictámenes que prestan los Institutos Nacionales de Antropología e Historia o de Bellas Artes y Literatura en materia de monumentos y zonas históricas y artísticas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

II.-  Permisos.

 a).-  De exportación temporal para exhibición autorizada de naturaleza no comercial y con fines de difusión hasta por seis meses independientemente de la prima de seguro o garantía que proceda por el valor del monumento histórico o artístico  ….  $414.11

 b).-  De exportación de reproducciones a persona física o moral:

 1.-  Cuando los objetos tengan sello, marca autorizada y registrada por los Institutos Nacionales de Antropología e Historia y de Bellas Artes y Literatura, sin límite de objetos y por cada operación  ……………………………..  $124.04

 2.-  Cuando carezcan de sello, marca o registro por unidad de empaque, hasta 25  objetos …………………………………………………………………….  $1,243.16

 III.- Por el dictamen para certificar el carácter históricos o artístico de un bien mueble o inmueble. ………………………………………………  $124.04

Sección Segunda Derechos de Autor

 Artículo 184.- Por los servicios que se presten en materia de derechos de autor, se pagarán derechos, conforme a las siguientes cuotas:

  1. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de cada obra literaria o artística, o de una obra derivada o versión ………………  $235.52
  2. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de las características gráficas y distintivas de cada obra ……………………………  $235.52

 III. Recepción, examen, estudio y, en su caso, registro de cada fonograma, videograma o  libro  ………………………………………….  $235.52

  1. Búsqueda y expedición de cada constancia de antecedentes o datos de registro o de inscripción …………………………………………….  $167.67
  2. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada convenio o  contrato ……………………………………………………………..  $1,238.41
  3. Inscripción de cada poder otorgado para gestionar ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, cuando la representación conferida abarque todos los asuntos del  mandante  ………………………………………….  $1,238.41

 VII.  Recepción, examen y estudio de cada acto, documento, convenio o contrato, que en cualquier forma confiera, modifique, transmita, grave o extinga derechos patrimoniales de autor y, en su caso, inscripción de la anotación marginal correspondiente  .  $1,856.61

 VIII.  Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada acta, documento, escritura y estatutos de las sociedades de gestión colectiva  …………………………………..  $1,856.61

  1. Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de cada convenio o contrato celebrado por las sociedades de gestión colectiva  ………………………………..  $1,642.76
  2. Inscripción de cada poder especial que se otorgue a las sociedades de gestión colectiva para el cobro de percepciones derivadas de los derechos de autor o derechos  conexos  …………………………………………..  $781.11
  3. Inscripción de cada poder que autorice la gestión individual de derechos  patrimoniales  ……………………………………………………….  $1,555.97

 XII. Por la recepción y estudio del escrito de queja dentro del procedimiento de avenencia y, en su caso, por la realización de la primera audiencia en el procedimiento de avenencia  ……………………………………..  $431.13

  Tratándose de las subsecuentes audiencias, por la celebración de cada una se pagará el 50% de la cuota establecida en esta fracción.

 XIV.  Solicitud y dictamen de reservas de derechos al uso exclusivo de títulos de publicaciones o difusiones periódicas  …………………….  $1,867.17

  1. Solicitud y dictamen de la renovación de reservas de derechos al uso exclusivo de títulos de publicaciones o difusiones periódicas  ……  $980.12

 XVI.  Solicitud y dictamen de reservas de derechos al uso exclusivo de personajes ficticios o simbólicos, personajes humanos de caracterización, nombres artísticos, denominaciones de grupos artísticos o promociones publicitarias  ……………………………………  $3,687.84

 XVII.  Solicitud y dictamen de la renovación de reservas de derechos al uso exclusivo de  personajes ficticios o simbólicos, personajes humanos de caracterización, nombres artísticos y denominaciones de grupos artísticos  …………………………………..  $1,928.57

 XVIII. Solicitud de análisis y búsqueda de antecedentes de títulos, nombres o denominaciones de publicaciones o difusiones periódicas, nombres artísticos o denominaciones de grupos artísticos  …………………………….  $196.93

 XIX.  Solicitud de análisis y búsqueda de antecedentes de nombres y características  de personajes humanos de caracterización, personajes ficticios o simbólicos, o promociones publicitarias  …………………….  $317.52

  1. Solicitud y dictamen de anotaciones marginales en los expedientes de reservas de derechos al uso exclusivo  ………………………….  $980.12

 XXI. Respecto del Número Internacional Normalizado del Libro (ISBN):

 a). Por el otorgamiento del ISBN  ………………………………..  $202.26

 b). Por la expedición de cada certificado o constancia  …………  $145.99

  No se pagarán los derechos a que se refiere esta fracción cuando se trate de reproducciones en formato Braille, siempre que se realicen sin fines de lucro y con el objeto exclusivo de hacerlas accesibles a las personas con discapacidad visual.

XXIV.  Recepción, examen, estudio y, en su caso, inscripción de la anotación marginal correspondiente, de cualquier acto o instrumento que tenga por efecto la revocación del poder otorgado, previamente inscrito  …………………………………………………..  $1,733.79

 XXV.  Solicitud, dictamen y, en su caso, expedición de la autorización de apoderado para la gestión individual de derechos patrimoniales  ………………………………………..  $1,826.94

 XXVI. Solicitud de práctica de visita de inspección a establecimientos comerciales a petición de parte  …………………………….  $733.20

 XXVII. Por la expedición de cada certificado o constancia relacionados con el Número Internacional Normalizado para Publicaciones Periódicas (ISSN)  ………………  $145.99

 No se pagará el derecho por registro de obras a que se refiere este artículo, cuando se trate de libros de texto editados por la Federación, las entidades federativas, los municipios o por sus organismos descentralizados.

 Para los efectos de la aplicación de lo señalado en la fracción V de este artículo, cuando se presenten para examen, estudio y, en su caso, inscripción, contratos impresos en los cuales no exista variación en sus cláusulas y se trate de un mismo contratante, se pagará íntegro el derecho correspondiente al primer contrato y se reducirá en un 50% la cuota del derecho correspondiente sobre los sucesivos.

 Sección Tercera Registro y Ejercicio Profesional

Artículo 185.- Por los servicios que presta la Secretaría de Educación Pública, en materia de registro y ejercicio profesional, se pagará el derecho de registro y ejercicio profesional conforme a las siguientes cuotas:

 I.-  Registro de colegio de profesionistas …………………………………………………….  $8,452.86

 II.-  Registro de establecimiento educativo legalmente autorizado para expedir títulos profesionales, diplomas de especialidad o grados  académicos  ……………….  $8,452.86

 III.  Revalidación de título profesional, de diploma de especialidad y de grado  académico  …………………………………………………….  $1,690.09

  1. Registro de título profesional, de diploma de especialidad y de grado  académico  ……………………………………………………  $844.86
  2. Expedición de autorización para el ejercicio de una especialidad  ………………..  $846.95

VI.-  Expedición de autorización para constituir un colegio de profesionistas  ……….  $844.88

 VII.-  Enmiendas al registro profesional:

 a).-  En relación con colegios de profesionistas  …………….  $844.88

 b).-  En relación con establecimiento educativo  ………….  $844.88

 c).-  En relación con título profesional o grado académico  . $168.58

 d).-  Inscripción de asociado a un colegio de profesionistas que no figuren en el registro  original  ………………………………………………………….  $33.23

 e).  En relación con Federaciones de Colegios de Profesionistas.   $1,019.02

 f).  Inscripción de asociado a una Federación de Colegios de Profesionistas que no figure en el registro original  ………………………………  $1,019.02

 VIII.  Expedición de duplicado de cédula o de autorización para el ejercicio de una  especialidad  ………………………………………………  $339.27

  1. Expedición de cédula profesional con efectos de patente o de cédula de grado  académico  ……………………………………………………  $337.59
  2. Expedición de autorización provisional para ejercer por estar el título  profesional en trámite o para ejercer como pasante  …………  $337.59
  3. Consultas de archivo.  ……………………………………….  $154.01

 XII.  Constancias de antecedentes profesionales.  ……  $335.54

 XIII.  Registro de Federación de Colegios de Profesionistas  $11,326.68

 Artículo 185-A. (Se deroga).

 Sección Cuarta Servicios de Educación

 Artículo 186.- Se pagarán derechos por los servicios que presta la Secretaría de Educación Pública, conforme a las siguientes cuotas:

 I.-  Por solicitud, estudio y resolución del trámite de:

  1. a) Reconocimiento de validez oficial de estudios de tipo superior  ……  $9,526.81
  2. b) Cambios a cada plan y programa de estudio de tipo superior con reconocimiento de validez oficial  …………………………….  $4,117.64

 c).  Cambio o ampliación de domicilio, o establecimiento de un plantel adicional, respecto de cada plan de estudios con reconocimiento de validez  oficial  ……………………….  $3,599.17

 II.-  Por solicitud, estudio y resolución del trámite de autorización para impartir educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros, sea cual fuere la modalidad  ……………………………………………………….  $1,039.78

 III.-  Por solicitud, estudio y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial de estudios de los niveles medio superior o equivalente y de formación para el trabajo, sea cual fuere la modalidad  ……………………………………………………………………  $1,039.78

 IV.-  Acreditación y certificación a estudiantes de preparatoria abierta, por  examen  ……………………………………………………….  $65.07

 V.-  Exámenes profesionales o de grado:

  1. a) De tipo superior  ………………………………….  $206.51
  2. b) De tipo medio superior  ………………………..  $103.64

 VI.-  Exámenes a título de suficiencia:

  1. a) De educación primaria ………………………..  $40.82
  2. b) De educación secundaria y de educación media superior, por  materia  …..  $23.22
  3. c) De tipo superior, por materia  ……………………………………  $76.12
  4. d) Del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, por materia  ………..  $99.45

 VII.  Exámenes extraordinarios, por materia:

  1. a) De educación secundaria y de educación media superior…………….  $18.96
  2. b) De tipo superior  ……………………………………………….  $76.14
  3. c) Del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura …………………………..  $60.18

 VIII.-  Otorgamiento de diploma, título o grado:

  1. a) De tipo superior  ………………………………………………………..  $200.95
  2. b) De educación secundaria y de educación media superior  ………  $48.60

c).-  De capacitación para el trabajo industrial  …………………………….  $33.19

X.-  Por la solicitud de acreditación y certificación de conocimientos, por cada certificado de competencia ocupacional en capacitación para el trabajo industrial  …………  $542.06

 XI.-  Expedición de duplicado de certificados de terminación de estudios:

  1. a) De educación básica y de educación media superior  ……………….  $48.60
  2. b) De tipo superior  …………………………………………………………  $152.66

 XII.-  Por solicitud de revalidación de estudios:

 a).-  De educación básica  ………………………………………………  $33.18

 b).-  De educación media-superior.  ………………………………  $333.32

 c).-  De educación superior  ………………………………………  $1,000.24

 XIII.  Revisión de certificados de estudio, por grado escolar:

  1. a) De educación básica y educación media superior  ………..  $12.58
  2. b) De tipo superior  ………………………………………………….  $39.98
  3. c) Del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura …….  $39.98

 XIV.  Por solicitud de equivalencia de estudios:

 a).-  De educación básica  ………………………………………  $33.18

 b).-  De educación media-superior.  ……………………….  $333.32

 c).-  De educación superior.  ………………………………  $1,000.24

 XV.-  Inspección y vigilancia de establecimientos educativos particulares, por alumno inscrito en cada ejercicio escolar:

  1. a) De educación superior  ……………………………………….  $80.33
  2. b) De educación media superior  ……………………………  $35.90

c).  De educación secundaria  ………………………………………  $34.42

 d).  De educación primaria  ……………………………………….  $7.60

 Las escuelas de Instituciones de Asistencia Privada y las que impartan exclusivamente enseñanza especial a personas con o sin discapacidad no causarán el derecho a que se refiere esta fracción.

  XXI.-  Consultas o constancias de archivo  ……………………  $154.49

 XXII.-  Cambio de carrera  ………………………………………….  $82.21

 XXIII.-  Dictamen psicopedagógico para cambio de carrera  ……………  $123.84

 XXIV.-  Inscripción:

 a).-  En curso de verano  ……………………………………………….  $165.13

 b).-  En curso de regularización  ……………………………………  $165.13

XXV.-  Materias libres para alumnos inscritos  ……………  $76.32

 XXVI.-  Expedición de duplicado de credencial de la preparatoria abierta  .  $38.25

 XXVII. Por hora de capacitación para el trabajo industrial  …………….  $7.35-

En conclusión, sale a mi memoria lo expresado por nuestro Presidente Peña Nieto “Tener derechos cuesta y seguirá costando”

¡Consummatum Est!

EDITORIAL